lunes, 17 de agosto de 2020

Principios de la contratación pública y sus definiciones.

Según la ley 80 de 1993 se ha regulado expresamente cinco principios que rigen la contratación estatal que son: Transparencia, economía, responsabilidad, planeación, selección objetiva.

  • Principio de transparencia:

Se refiere a la necesidad de que todo el proceso de selección del contratista se haga de manera pública, y que cualquier persona interesada pueda obtener información sobre el desarrollo de cada una de las etapas de dicho proceso.
Se ataca la corrupción y se garantiza la moralidad en la contratación, la imparcialidad de la contratación la imparcialidad de la administración en la escogencia del contratista al exigir que se haga de acuerdo con las reglas precisas, claras completas y objetivas.DE

  • Principio del equilibrio económico del contrato

Inspira el desarrollo de las prestaciones a cargo de las partes, para mantener su equivalencia en casa momento de la ejecución del contrato.


  • Principio de responsabilidad 
Somete a todos los que intervienen en la actividad contractual a sufrir las consecuencias del incumplimiento de las obligaciones de su cargo sancionado disciplinaria, penal y patrimonialmente a las personas que afecten cualquiera de las partes de la contratación.

  • Principio de planeación
Se debe llevar un cronograma de desarrollo y de ejecución tanto para el proceso de contratación como para la presentación de propuestas.



  • Selección objetiva
Todos los contratos público firmados deben mantener igualdad entre las partes frente a los compromisos firmados, en caso de haber alguna desviación al contrato, debe retornar a su curso normal tomando las medidas necesarias continuando siempre con su objetividad.

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